-BENEFICIOS FISCALES
- Exenci贸n impuesto sobre los bienes personales.
- Aplicaci贸n como pago a cuenta del impuesto sobre bienes personales al 1% de la inversi贸n.
- Diferimiento del ITI o Impuesto a las Ganancias (Seg煤n corresponda) por la venta de inmuebles destinados a obra nueva.
- Por las inversiones efectuadas en obra nueva hasta el 31/12/2022
- Correspondientes a los per铆odos en que se efect煤e la inversi贸n hasta la finalizaci贸n del proyecto, con un m谩ximo de 2 per铆odos fiscales.
- Efectuados con fondos en moneda nacional o en moneda extranjera, previamente convertidos a moneda nacional mediante una operaci贸n de canje de t铆tulos (D贸lar MEP)
- Los fondos deben haber sido previamente declarados.
PAGO A CUENTA DEL IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES
- Se aplicar谩 como pago a cuenta del impuesto sobre los bienes personales al 1% del valor de las inversiones en obra nueva.
- No podr谩 generar saldo a favor
- Desde la entrada en vigencia de la Ley y hasta los vencimientos de los periodos 2020,2021,2022.
- Difiriendo el impuesto (ITI o IG) generado por la venta de inmuebles destinados a obra nueva.
- Para ventas efectuadas desde la entrada en vigencia de la Ley hasta el 31/12/2022
- La obra sobre el inmueble debe iniciarse dentro de un plazo m谩ximo de dos a帽os.
- El pago de impuesto queda DIFERIDO al per铆odo fiscal en el que se produzca:
- El efectivo cobro del precio
- La recepci贸n de las unidades funcionales o los inmuebles de contraprestaci贸n
- El cobro del precio de cesi贸n de t铆tulos recibidos en canje.
- Finalizaci贸n de la obra
-NORMALIZACI脫N DE TENENCIAS DE MONEDA
DESTINADAS A LA INVERSI脫N EN CONSTRUCCI脫N DE OBRA NUEVA
- Aplicable para moneda extranjera o moneda internacional ubicada en el pa铆s o en el exterior que no hubiera sido declarada previamente.
- Siempre que no hubieran estado depositados en cuentas radicadas en jurisdicciones de Alto Riesgo o No Cooperantes
- Los montos a exteriorizar deben ser depositados en una cuenta especial de titularidad del inversor: luego deben ser dispuestos para un proyecto inmobiliario de obra nueva.
- Podr谩n ser aplicados transitoriamente a la compra de t铆tulos para convertirlos en moneda nacional (D贸lar MEP)

-BENEFICIO PARA EL INVERSOR
- Queda liberado de los impuestos que pudieran haber dejado de ingresar relativos a los fondos exteriorizados.聽
- Queda liberado de toda acci贸n civil, comercial, penal, tributaria, penal cambiaria, penal aduanera, infracciones administrativas que pudieran corresponder.
- Queda liberado de informar a la AFIP la fecha de compra de las tenencias ni el origen de los fondos y no libera a los dem谩s agentes de informaci贸n UIF a verificar origen de fondos, con excepci贸n de los delitos de evasi贸n fiscal.